Grupos A1, A2, C1 y C2: qué significan y qué titulación exige cada uno

Explicación de los grupos y subgrupos de clasificación del empleo público en España, la titulación mínima de cada uno y cómo afectan al sueldo y a la promoción.

Publicado el 18 de septiembre de 2026

Cuando lees una convocatoria de empleo público, casi siempre aparece una referencia a un grupo o subgrupo de clasificación: A1, A2, B, C1 o C2. No es una etiqueta menor: determina la titulación que necesitas para presentarte, el nivel retributivo de partida y, en buena medida, el tipo de funciones que desempeñarás.

Por qué existen los grupos de clasificación

El empleo público español organiza los cuerpos y escalas en grupos según el nivel de titulación exigido para el acceso. La función de este sistema es doble: garantiza que cada puesto se cubre con la cualificación adecuada, y establece una estructura retributiva y de carrera comparable entre administraciones distintas.

Esto significa que un subgrupo C1 en un ayuntamiento y un subgrupo C1 en la administración estatal comparten el mismo nivel de titulación exigida y una banda retributiva base comparable, aunque las funciones concretas y los complementos varíen.

Los grupos, uno por uno

Subgrupo A1

Exige título universitario de grado (o las antiguas licenciaturas, ingenierías superiores o arquitectura). Corresponde a los cuerpos superiores: puestos con funciones de dirección, planificación, elaboración normativa, inspección de alto nivel o asesoramiento técnico especializado.

Son los procesos selectivos más exigentes en cuanto a extensión de temario y duración de la preparación. Es habitual que los temarios superen los doscientos temas y que la preparación se cuente en años, no en meses.

Subgrupo A2

Exige igualmente titulación universitaria de grado, pero corresponde a cuerpos de gestión: puestos técnicos con responsabilidad intermedia, tramitación de expedientes complejos, apoyo a la dirección o funciones técnicas especializadas.

En la práctica, muchos cuerpos A2 son una vía de acceso razonable para titulados universitarios que buscan un equilibrio entre exigencia de preparación y condiciones del puesto, y sirven además como base para promoción interna hacia A1.

Grupo B

Exige título de Técnico Superior (formación profesional de grado superior). Es el grupo menos numeroso: bastantes administraciones apenas lo utilizan, y muchos puestos que por titulación encajarían aquí se convocan en realidad como C1 o A2.

Subgrupo C1

Exige título de Bachillerato o Técnico (formación profesional de grado medio). Corresponde típicamente a puestos administrativos con cierta autonomía: tramitación de procedimientos, atención especializada al ciudadano, gestión de expedientes.

Es uno de los subgrupos con más volumen de convocatorias y, por tanto, uno de los más demandados. El temario suele combinar organización administrativa, derecho administrativo básico, ofimática y, con frecuencia, pruebas prácticas.

Subgrupo C2

Exige título de Graduado en ESO o equivalente. Corresponde a puestos de auxilio administrativo y tareas de apoyo: registro, archivo, atención al público, tramitación de procedimientos sencillos.

Al ser el subgrupo con el requisito de titulación más accesible, suele ser también el que concentra mayor número de aspirantes por plaza, lo que compensa en parte que el temario sea más breve.

Agrupaciones profesionales sin requisito de titulación

Además de los grupos anteriores, existen agrupaciones profesionales para puestos que no exigen ninguna titulación académica concreta, como determinados puestos de servicios auxiliares o de mantenimiento. Su régimen es equivalente al de los grupos de clasificación, pero sin el requisito de titulación de acceso.

Cómo afecta el grupo al sueldo

El grupo determina el sueldo base, que es solo una parte de la retribución total. Sobre él se suman complementos que pueden variar mucho: el complemento de destino (según el nivel del puesto), el complemento específico (según las características concretas del puesto: responsabilidad, peligrosidad, dedicación) y, en su caso, productividad o gratificaciones.

Esto tiene una consecuencia práctica importante: dos puestos del mismo subgrupo pueden tener retribuciones totales bastante distintas según el nivel y los complementos asignados. Al comparar convocatorias, el subgrupo es solo un primer indicador; el dato más informativo suele ser el nivel del puesto y su complemento específico, que figuran en la relación de puestos de trabajo de cada administración.

Promoción interna entre grupos

El sistema permite ascender de grupo mediante procesos de promoción interna, reservados a quienes ya son personal de esa administración y cumplen una antigüedad mínima. La promoción interna suele tener un proceso selectivo propio, a veces con temario reducido o con exención de determinadas materias ya acreditadas.

Esto abre una estrategia habitual: acceder por un subgrupo con requisitos más asequibles y, una vez dentro, ir promocionando internamente. Tiene la ventaja de empezar a cotizar y a acumular antigüedad antes, aunque exige mantener la preparación durante más tiempo.

Los requisitos concretos de titulación, retribución y promoción los fija cada convocatoria y la normativa aplicable a cada administración. Esta información es orientativa: consulta siempre las bases oficiales del proceso que te interese.